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División de Legislación

         Desde la aprobación del Código Político en 1902, su Artículo 63 establece que el Secretario de Justicia dará su opinión por escrito a la Asamblea Legislativa, o a cualquiera de sus Cámaras, así como al Gobernador o Secretario de Estado, al Contralor, y a los Secretarios de agencias, sobre alguna cuestión de derecho relacionada con sus respetivos cargos, 3 L.P.R.A § 71.  Dicha facultad se mantuvo luego de la aprobación de la Constitución de Puerto Rico.

          En el  descargo de dicho deber, existe en nuestra agencia la División de Legislación, la cual evalúa todas aquellas medidas que le sean remitidas al Secretario de Justicia por la Asamblea Legislativa, para su análisis legal.  Dicho análisis incluye la validez y constitucionalidad de la medida, así como el impacto de la misma sobre otras leyes existentes.  Como parte del efectivo desempeño de las funciones como asesores legislativos, los abogados de esta División regularmente comparecen en representación del Secretario de Justicia a las vistas públicas que celebran las distintas comisiones legislativas para ofrecer el asesoramiento legal del Departamento de Justicia. Cabe señalar que el Departamento de Justicia es la única agencia que brinda asesoramiento a todas las comisiones legislativas y que la División trabaja intensamente de acuerdo al calendario legislativo. 

            La División también se encarga de estudiar las propuestas de anteproyectos que son remitidas por la Oficina de Asuntos Legislativos de La Fortaleza, así como por las distintas áreas del Departamento de Justicia, a fin de darle aquellas recomendaciones que permitan que los proyectos de administración sean legalmente viables.  Dicho asesoramiento incluye el participar en reuniones con el equipo de trabajo de la mencionada Oficina y de las distintas agencias, así como con el personal de las distintas áreas de este Departamento que estén interesadas en desarrollar el anteproyecto.  Realiza además, la investigación legal necesaria y redacta anteproyectos de ley, de acuerdo a las necesidades del Departamento, La Fortaleza y otras agencias ejecutivas.

 Una vez la Asamblea Legislativa ha aprobado la medida, la misma es remitida para la firma o veto del Gobernador.  Una vez recibidas en La Fortaleza, vuelven a ser referidas a nuestra División, previo a la firma de las medidas por el  Gobernador,  para que como asesores legales, el Departamento de Justicia brinde sus comentarios en cuanto a la legalidad del texto aprobado y sus recomendaciones en cuanto a la firma o veto de la misma por parte del Primer Ejecutivo.

Uno de los instrumentos más efectivos de la División, en el cumplimiento de su deber de asesorar,  es el archivo electrónico central.  La información existente en el archivo nos facilita la preparación de nuevo asesoramiento, ya que en ocasiones los temas de la legislación que consideramos se repiten, además de facilitar nuestra labor de orientar a las personas que nos solicitan información.

La División responde a un Director, quien responde directamente al Secretario Auxiliar de Asesoramiento, y éste  a su vez al Secretario de Justicia. El Director supervisa  a los empleados de la División, que actualmente son cinco (5) abogados, un (1) técnico legal y cuatro (4) secretarias, para un total de once (11) personas.  El Director es responsable de supervisar tanto el trabajo administrativo como el legal.  

 

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